AHN. TS-R. Expediente 50.2. Folios 411, 411 vuelto, 413 y 413 vuelto.

Al margen: Sección de Justicia y Asuntos Generales.

Al centro: Excmo. Señor.

Como aclaración a los conceptos de la real orden del cuatro del mes actual en la que se nombró a V.E. Juez Instructor de la información gubernativa que se incoa en esa zona, y teniendo en cuenta que el General en Jefe con arreglo al artículo diez y nueve del vigente reglamento de campaña, se entiende directamente con el Gobierno, del que recibe las órdenes e instrucciones necesarias y por tanto que al Gobierno compete apreciar sus actos, el Rey (d.D.g.) se ha servido resolver que la expresada información no debe extenderse a los acuerdos, planes o disposiciones del Alto Mando, concretándose a los hechos realizados por los Jefes, Oficiales y tropa en las operaciones que dieron lugar a la rápida evacuación de las posiciones ocupadas por nuestras fuerzas para poder deducir las responsabilidades consiguientes en aquellos casos en que no se hubieran cumplido las obligaciones militares que exigen la seguridad y el honor del Ejército.

De real orden le digo a V.E. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V.E. muchos años.

Madrid veinticuatro de agosto de mil novecientos veintiuno.

Cierva, rubricado.

Selor General Don Juan Picasso, Juez Instructor.


ALTA COMISARÍA DE ESPAÑA EN MARRUECOS - EJÉRCITO DE OPERACIONES - ESTADO MAYOR

En Real Orden comunicada de veinticuatro del actual (Sección de Justicia y Asuntos Generales) se dispone lo siguiente:

    "Excmo. Señor:- El Señor Ministro de la Guerra dice hoy al General Don Juan Picasso Juez Instructor lo siguiente:

    Como aclaración a los conceptos de la real orden del cuatro del mes actual en la que se nombró a V.E. Juez Instructor de la información gubernativa que se incoa en esa zona, y teniendo en cuenta que el General en Jefe con arreglo al artículo diez y nueve del vigente reglamento de campaña, se entiende directamente con el Gobierno, del que recibe las órdenes e instrucciones necesarias y por tanto que al Gobierno compete apreciar sus actos, el Rey (d.D.g.) se ha servido resolver que la expresada información no debe extenderse a los acuerdos, planes o disposiciones del Alto Mando, concretándose a los hechos realizados por los Jefes, Oficiales y tropa en las operaciones que dieron lugar a la rápida evacuación de las posiciones ocupadas por nuestras fuerzas para poder deducir las responsabilidades consiguientes en aquellos casos en que no se hubieran cumplido las obligaciones militares que exigen la seguridad y el honor del Ejército.

    De real orden comunicada por dicho Señor Ministro lo traslado a V.E. para conocimiento.

Lo que traslado a V.E. para conocimiento y efectos.

Dios guarde a V.E. muchos años

Ilegible, rubricado.

Excmo Sr General de División Don Juan Picasso - Juez Instructor. Melilla